Cookie Consent by FreePrivacyPolicy.com En vigor la orden que regula las condiciones para la entrada en servicio de infraestructuras y vehículos ferroviarios

Infraestructuras:  Noticia de actualidad


Establece los requisitos que deben reunir los subsistemas de carácter estructural y regula el proceso de autorización de su puesta en servicio

Ya está en vigor la Orden FOM/167/2015, de 6 de febrero, por la que se regulan las condiciones para la entrada en servicio de subsistemas de carácter estructural, líneas y vehículos ferroviarios. La norma fue publicada en el BOE del 10 de febrero de 2015.


En vigor la orden que regula las condiciones para la entrada en servicio de infraestructuras y vehículos ferroviarios
 
 
 

(12/02/2015) El objeto de esta orden es el establecimiento de los requisitos que deberán reunir los subsistemas de carácter estructural -infraestructura, energía, control-mando y señalización en tierra, control-mando y señalización a bordo y material rodante-, tanto individualmente como agrupados en líneas o en vehículos ferroviarios, para poder ser puestos en servicio en la Red Ferroviaria de Interés General, de conformidad con el artículo 10.4 del Real Decreto 1434/2010, de 5 de noviembre, sobre interoperabilidad del sistema ferroviario de la Red Ferroviaria de Interés General.

Tales requisitos se referirán a las condiciones que tiendan a garantizar los requisitos esenciales definidos en el anexo III de dicho Real Decreto.

La orden también regula el proceso de autorización de entrada o puesta en servicio de subsistemas de carácter estructural, líneas y vehículos ferroviarios y fija las cuantías de la tasa por la entrada en servicio de material rodante para cada clase de vehículo ferroviario.