Cookie Consent by FreePrivacyPolicy.com La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia insta a Adif a comunicar con antelación las obras en la red

Infraestructuras:  Noticia de actualidad


Establece normas de transparencia y consulta previa en materia de restricciones de capacidad

Tras analizar una denuncia presentada por la Asociación de Empresas Ferroviarias Privadas, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha concluido que Adif y Adif AV deben informar con más antelación sobre las obras en la red que provoquen restricciones de capacidad.


La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia insta a Adif a comunicar con antelación las obras en la red
 
 
 

(27/07/2022)  

La Comisión ha impuesto diversas obligaciones de información y consulta para asegurar que los administradores de la red tengan en cuenta las necesidades de las operadoras ferroviarias al planificar las obras. Así, establece normas detalladas de transparencia y consulta previa en materia de restricciones de capacidad en función de su impacto. 
Para aquellas que duren más de siete días y afecten a más del 30 por ciento del volumen de tráfico diario, el gestor deberá comunicar la información con al menos veinticuatro meses de antelación sobre el cambio del horario de servicio, y su actualización con al menos con doce meses de antelación.

Información

Según la Comisión, las operadoras solo conocen el detalle del alcance de las restricciones de capacidad entre dos y tres meses antes del inicio de las obras, y los surcos afectados se reprograman solo unos días antes del inicio de las obras, dificultando la oferta de planes alternativos de transporte a los clientes de las operadoras.
La Comisión señala que, dos meses antes de que finalice el plazo de las operadoras para solicitar capacidad, Adif y Adif AV deberán actualizar la información sobre las restricciones de capacidad en el horario de servicio, y consultarla con las operadoras para tratar de limitar su impacto en la actividad. Los horarios de servicio van de diciembre a diciembre y en julio las operadoras deben solicitar capacidad para el horario de servicio que comienza en el mes de diciembre siguiente.
Además, deberán mantener actualizado, y con el detalle requerido, el Catálogo de Restricciones Temporales de Capacidad, y facilitar los detalles de los surcos con cuatro meses de antelación respecto al inicio de las restricciones en el caso de los servicios de viajeros, y con un mes en el caso de los servicios de mercancías.