Cookie Consent by FreePrivacyPolicy.com El anteproyecto de Ley del Sector Ferroviario ve la luz

Infraestructuras:  Noticia de actualidad


La normativa establece los instrumentos para planificar la estrategia y ejecutar las nuevas infraestructuras,

La ministra de Fomento, Ana Pastor, presentó el viernes en el Consejo de Ministros el anteproyecto de Ley del Sector Ferroviario, que supone un nuevo marco jurídico completo aplicable al sector. La nueva ley consolida el rigor en la planificación y construcción de nuevas infraestructuras, propicia la apertura de la red para potenciar el uso de la alta velocidad y adapta la normativa a la creación de la Agencia de Seguridad Ferroviaria, reforzando todos los mecanismos relativos a la seguridad, entre otros aspectos.


El anteproyecto de Ley del Sector Ferroviario ve la luz
 
 
 

(16/03/2015) Esta ley supone un nuevo marco jurídico completo aplicable al sector ferroviario. La normativa vigente hasta el momento (39/2003) ha sido objeto de varias modificaciones en los últimos meses para acometer  reformas estructurales. Entre ellas, destacan la integración de Feve en Renfe y Adif, la división en Renfe en cuatro sociedades, el paquete normativo que ha permitido iniciar la liberalización de los servicios de transporte de viajeros y la reorganización de Adif y la creación de Adif Alta Velocidad.

Además, era necesario trasponer al ordenamiento jurídico español la Directiva 2012/34/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, por la que se establece un espacio ferroviario europeo único.

La nueva ley consolida esta reforma y además adapta la normativa a la creación de la Agencia de Seguridad Ferroviaria, reforzando todos los mecanismos relativos a la seguridad.

Planificación de nuevas infraestructuras

El texto refuerza los mecanismos para una planificación rigurosa de las infraestructuras ferroviarias, exigiendo que existan las fuentes de financiación suficientes. Se establecen tres instrumentos:

- La “Estrategia Indicativa”, que elaborará el Ministerio de Fomento, como instrumento de planificación global de la infraestructura -desarrollo, mantenimiento y renovación.

- Un “Programa de Actividad”, de cuya elaboración serán responsables los administradores de infraestructuras -Adif, Adif-Alta Velocidad-, según la “Estrategia Indicativa” y que deberá recoger la previsión de actuaciones a realizar y una previsión orientativa de sus cánones para los próximos cinco años.

- Un convenio Adif/ Adif-Alta Velocidad –Ministerio de Fomento, que establezca los objetivos a alcanzar por Adif y las aportaciones económicas del Estado.

Sistema de cánones

 
Además, se establece un nuevo sistema de cánones con el objetivo de incrementar el uso de la red de ferrocarriles española. Entre otras novedades, destaca la supresión del canon anual de acceso a la red y la bonificación de la puesta en marcha de nuevos servicios ferroviarios.

Junto a ello, se incluyen nuevas medidas para mejorar la competitividad del transporte ferroviario de mercancías como son:

- El establecimiento de medidas liberalizadoras de los servicios que se prestan en las terminales ferroviarias públicas, que supondrán una reducción de costes.

- La imposición de nuevas condiciones de transparencia para la actuación de los administradores de infraestructuras.

- Simplificación del régimen tarifario y de las autorizaciones necesarias.

- La eliminación del canon de acceso supone eliminar una importante barrera a la entrada.

- Se impulsa el papel de los puertos como administradores de las infraestructuras ferroviarias dentro de su dominio público.

 
Transporte de viajeros

En materia de transporte de viajeros, se imponen a los operadores condiciones para garantizar un funcionamiento transparente del mercado, como son la obligación de aportar al Ministerio de Fomento información estadística y contable o la obligación de llevar cuentas separadas entre las actividades de mercancías y viajeros, y, dentro del ámbito de los servicios de viajeros, entre los servicios comerciales y los servicios declarados de obligaciones de servicio público.

Además, se establece que las empresas deben contar con un plan de asistencia a víctimas y se recogen los derechos de las víctimas de accidentes.

Seguridad ferroviaria

 
Por otra parte, el texto incluye un nuevo título específico dedicado a seguridad ferroviaria, que no existe en la ley vigente y se adapta su contenido a la creación de la nueva Agencia de Seguridad Ferroviaria que será independiente y no podrá encomendar funciones de los administradores de infraestructuras, empresas ferroviarias o entidad adjudicadora, dotándola de mecanismos propios de financiación, con objeto de reforzar su independencia.

Por último, se plantea un régimen sancionador más proporcional, reforzando las sanciones sobre derechos de los pasajeros y aspectos relacionados con la seguridad.

Audiencia pública

A partir de ahora, se va a iniciar un amplio trámite de audiencia pública a todos los actores del sector (empresas ferroviarias, asociaciones, CNMC etc.), con objeto de asegurar el mayor consenso posible.

Tras el análisis de todas las alegaciones recibidas se elaborará un nuevo texto que se remitirá al Consejo de Estado y a continuación, se elevará al Consejo de Ministros para su aprobación como Proyecto de Ley y su remisión al Congreso.

Ver presentación anteproyecto de Ley